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Las autoridades de la Universidad Nacional de Villa María evaluaron las medidas tomadas a nivel nacional y emitieron una resolución.

Resolución Rectoral Nº 060/2020

1° DETERMINAR la suspensión de todas las actividades académicas, cualquiera sea su modalidad, en la Universidad Nacional de Villa María, hasta el día 31 de marzo de 2020.-

2° SUGERIR a los Institutos Académicos Pedagógicos de la Universidad Nacional de Villa María, tomar las medidas que crean pertinente frente a clases y prácticas de estudíantes en hospitales, centros de salud o instituciones públicas o privadas que concentren población de riesgo.-

3° OTORGAR licencia con goce de haberes, hasta el día 31 de marzo de 2020, al personal directivo, docente, nodocente o auxiliar comprendidos en algunos de los siguientes grupos de riesgo y poblaciones vulnerables conforme con las recomendaciones del Ministerio de Salud de la Nación:
a) Mayores de 60 años
b) Embarazadas en cualquier trimestre
c) Grupos de riesgo:

*Enfermedades respiratorias crónica: hernia diafragmática, enfermedad pulmonar obstructiva crónica [EPOC], enfisema congénito, displasia broncopulmonar, traqueostomizados crónicos, bronquiectasias, fibrosis quística y asma;

*Enfermedades cardíacas: Insuficiencia cardíaca, enfermedad coronaria, reemplazo valvular, valvulopatías y cardiopatías congénitas;

*Inmunodeficiencias congénitas o adquiridas (no oncohematológica): VIH dependiendo del status (< de 350 CD4 o con carga viral detectable) o pacientes con VIH con presencia de comorbilidades independientemente del status inmunológico, utilización de medicación inmunosupresora o corticoides en altas dosis (mayor a 2 mg/kg/día de metilprednisona o más de 20 mg/día o su equivalente por más de 14 días), inmunodeficiencia congénita, asplenia funcional o anatómica (incluida anemia drepanocítica) y desnutrición grave;

*Pacientes oncohematológicos y trasplantados: tumor de órgano sólido en tratamiento, enfermedad oncohematológica hasta seis meses posteriores a la remisión completa y trasplantados de órganos sólidos o de precursoreshematopoyéticos;

*Obesos mórbidos (con índice de masa corporal> a 40);

*Diabéticos;
*Personas con insuficiencia renal crónica en diálisis o con expectativas de ingresar a diálisis en los siguientes seis meses.

4° SUSPENDER hasta el día 31 de Marzo de 2020 todos los plazos reglamentarios de Concursos Docentes vigentes.-

5° SUSPENDER hasta el día 31 de Marzo de 2020 las siguientes actividades, teniendo en cuenta las recomendaciones del Ministerio de Educación:
a) Actividades científicas o académicas, actos, congresos, seminarios, tales como simposios, talleres, muestras o exposiciones, en la medida que impliquen aglomeraciones o concentraciones de personas.
b) Actividades de extensión que por sus características impliquen aglomeraciones o concentraciones de personas y las que se orienten o cuenten con la participación de población de riesgo.
c) Las actividades deportivas de la UNVM.
d) La participación en actividades de internacionalización que impliquen la concurrencia de
personal docente, nodocente, becarios/as o estudiantes de la universidad a zonas o áreas de transmisión y circulación de COVID-19 definidas por el Ministerio de Salud; así como la recepción de personal, becarios y becarias o estudiantes provenientes de dichas zonas.

6° DISPONER que las medidas que se adoptan y las que se adopten en el marco de lo establecido en la presente Resolución no afectarán las restantes actividades de la
Universidad Nacional de Villa María, ni la asistencia del personal docente, no docente y becarios/as a sus lugares de trabajo, en tanto no se hallen comprendidos en los casos previstos en el Artículo 7° del Decreto de Necesidad y Urgencia N° 260/2020 o sean personas comprendidas en los grupos de riesgo mencionados en el Artículo 3°.-

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